Montecristi, Guayubín, Republica Dominicana. El Tribunal Constitucional acogió la Acción de Amparo interpuesta por los ciudadanos Luis M. Jiménez y Ángel Marzán Zacarías, ambos nativos de Guayubín, en contra de la sentencia núm. 238-2025-SSEN-00108, emitida por la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Montecristi.
El alto tribunal mediante la sentencia No TC-0573-26, de fecha 16 de julio del año en curso, rechazo todos y cada uno de los argumentos del ayuntamiento del municipio de Guayubin y estableció vulneraciones significativas al derecho a la información de los referidos ciudadanos, como consecuencia revoco la sentencia emitida por el juzgado de Montecristi y ordeno a dicho ayuntamiento, en la persona de su alcalde señor Ing. Cesar Molina Estévez y el p...
Montecristi, Guayubín, Republica Dominicana. El Tribunal Constitucional acogió la Acción de Amparo interpuesta por los ciudadanos Luis M. Jiménez y Ángel Marzán Zacarías, ambos nativos de Guayubín, en contra de la sentencia núm. 238-2025-SSEN-00108, emitida por la Cámara Civil del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Montecristi.
El alto tribunal mediante la sentencia No TC-0573-26, de fecha 16 de julio del año en curso, rechazo todos y cada uno de los argumentos del ayuntamiento del municipio de Guayubin y estableció vulneraciones significativas al derecho a la información de los referidos ciudadanos, como consecuencia revoco la sentencia emitida por el juzgado de Montecristi y ordeno a dicho ayuntamiento, en la persona de su alcalde señor Ing. Cesar Molina Estévez y el presidente del Concejo de Regidores señor Jorge Luis Chávez la entrega inmediata de las informaciones solicitadas por los ciudadanos. Dicha información está relacionada al cobro de los arbitrios por uso de suelo a compañías eléctricas establecidas en el municipio.
Además, el en ordinar quinto de dicha sentencia el Tribunal Constitucional ordenó el pago de un astreti de cinco mil pesos diarios (RD5,000.00), a favor de los ciudadanos Luis M. Jiménez y Ángel Marzán, por cada día de retraso después de la notificación correspondiente.
Luis M. Jiménez y Ángel Marzán, expresaron su regocijo por la decisión del alto tribunal, y señalaron que su único interés es que la comunidad de Guayubín obtenga información acerca del calculo y uso de los cuantiosos recursos que ha recibido el ayuntamiento en los últimos años.
El Licenciado Luis Peña Sosa, de la firma LPS, Derecho y Finanza, actuante como abogado del proceso en las diferentes instancias , expreso la importancia que los ciudadanos acudan al tribunal, cuando vean afectados sus derechos, sobre todo uno tan importante cono el derecho al acceso a la información consagrado en el articulo No 49 de nuestra carta magna, además dijo que los ayuntamientos están en la obligación de publicar sus actuaciones, como una manera de que los ciudadanos se mantengan informados, como evidencia de una real transparencia.