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EEUU señala a RD como una de las economías que exporta productos realizados con trabajo forzoso

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Estados Unidos define el trabajo forzoso como “todo trabajo o servicio que se exige a cualquier persona bajo la amenaza de una sanción por su incumplimiento y para el cual el trabajador no se ofrece voluntariamente”.

República Dominicana forma parte de una de las 54 economías, de 60 países, que “no han impuesto ni aplicado eficazmente una prohibición a la importación de bienes producidos con trabajo forzoso”, de acuerdo a un informe publicado por los Estados Unidos.

El documento elaborado por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) incluyó al país dentro de aquellos que violan la Sección 307 de la Ley Arancelaria de 1930.

Estados Unidos define el trabajo forzoso como “todo trabajo o servicio que se exige a cualquier persona bajo la amenaza de una sanción por su incumplimiento y para el cual el trabajador no se ofrece voluntariamente”.

“En las secciones III.A.7 y III.B.7, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) determinó que la República Dominicana no ha logrado imponer ni hacer cumplir eficazmente la prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso. En la sección IV, determinamos que la falta de imposición y cumplimiento efectivo de dicha prohibición es irrazonable”, dice el informe.

De igual forma, determinaron que la falta de imposición y cumplimiento efectivo de la prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso perjudica o restringe el comercio de Estados Unidos.

“Por las razones expuestas, los resultados de esta investigación indican que los actos, políticas y prácticas de la República Dominicana relacionados con la falta de imposición y cumplimiento efectivo de la prohibición de importación de productos elaborados con trabajo forzoso son irrazonables y perjudican o restringen el comercio de Estados Unidos”, dice el párrafo del informe dedicado al país.

Aunque no se especifica de manera puntual cuáles productos con trabajo forzoso son enviados a Estados Unidos, se nombra al país dentro de aquellos que forman parte del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Estados Unidos.

Esta investigación iniciada el 12 de marzo de este año establece que para las economías que imponen una prohibición a la importación de productos elaborados con trabajo forzoso, el Representante Comercial propone un arancel adicional del 10 %, mientras que para todas las demás economías, se propone un arancel adicional del 12,5 %.

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