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Control preventivo de los tratados internacionales

Por José Alejandro Vargas (Juez) [email protected] El Tribunal Constitucional solo está dotado de competencia para ejercer el control preventivo de los tratados o convenciones que celebre y firme el presidente de la República en el ejercicio de sus facultades, con la finalidad de que lo acordado sea conforme con la Carta Sustantiva. Pretender subsistir a espalda de la realidad global es sumergirse en un letargo que inexorablemente llevaría a cualquier nación a un pernicioso aislamiento respecto a la comunidad internacional, bajo esa premisa es casi imposible que un país pueda generar la riqueza que requiere para dar respuesta a las urgencias de su población. Los Estados pueden diferenciarse por sus identidades culturales, pero jamás por la divergencia al momento de desplegar esfuerzos...