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lunes, junio 8, 2026
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Causa preocupación entre comerciantes y población carta de ASOBEBIDAS que pretende «regularizar» bebidas alimenticias

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Dajabón.- Revuelo y preocupación en la redes sociales y comercios de Dajabón, ha causado la publicación de una carta de «La Asociación de Vendedores de Bebidas Alimenticias del Mercado Fronterizo Dajabon (ASOBEBIDAS).

El comunicado enviado por la ASOBEBIDAS al Instituto Tecnológico San Ignacio de LOYOLA expresa que esta asociación estaría «tomando algunas medidas para regularizar el mercado de Bebidas Alimenticias». La carta esta echada el 6 de abril del 2025.

Algunos comerciantes y ciudadanos ha reaccionado a la publicación de la carta, expresando su descontento y preocupación ya que la misiva, aunque no expresa explícitamente el control del comercio de bebidas alimenticias en el mercado fronterizo, los usuarios interpretan la carta como un atento a la Constitución y libre mercado, aludiendo a las supuestas medidas que tomará esta asociación sobre el control o «regularización» de la venta de estos productos para la cual no tiene potestad jurídica.

Violenta el Artículo 50 de la Constitución Dominicana donde establece que el Estado reconoce la libre empresa, comercio e industria. Todas las personas tienen el derecho a dedicarse libremente a la actividad económica de su preferencia, sin mas limitaciones que las prescritas en la Constitución y las que establecen las leyes.

Según el registro de la ONAPI, Asobebidas fue registrada el 11 de febrero de 2025, bajo expediente E/2025-7243 como una entidad sin fines de lucro dedicada a promover el mejoramiento de las condiciones de vida de las personas que se dedican a la comercialización de bebidas alimenticias,energizantes y recreativas por medio de la organización, educación, la sanidad y la solidaridad entre sus miembros. Entidad registrada bajo el registro 849276 con el sr. Franklyn Teodoro Espinal Tapia como solicitante del registro de dicha asociación.

Al momento de esta publicación, Multimedios Linieros no ha podido localizar contacto o respuesta de dicha asociación ya que ni en la carta ni en el registro ante la ONAPI figura número de teléfono para contactar a ASOBEBIDAS o sus representantes.

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