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jueves, mayo 1, 2025
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Detienen ilegales haitianos en costas de Montecristi

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Montecristi.- La Armada Dominicana interceptó tres botes de fabricación artesanal con  ilegales haitianos en costas de Montecristi.

El hecho ocurrió en los 7 cayos hermanos, costa de Montecristi donde la Armada Dominicana durante operativo de vigilancia logró avistar, perseguir e interceptar las embarcaciones con al menos 12 ciudadanos haitianos.

El informe no detalla si se trata de pescadores o un intento frustrado de ingresar ilegalmente por mar a territorio dominicano.

Desde hace unas semanas, pescadores y moradores de la zona costera de Montecristi y Manzanillo han denunciado el avistamiento de embarcaciones con nacionales haitianos realizando pesca ilegal en la zona y otros intentando ingresar por vía marítima a territorio dominicano.

El pasado 22 de marzo, la Armada Dominicana interceptó una embarcación haitiana de fabricación artesanal de aproximadamente 14 pies de eslora que se encontraba realizando actividades de pesca no declarada y no reglamentada en aguas nacionales.

Este tipo de embarcaciones pequeñas son utilizadas tanto por haitianos como por dominicanos para dedicarse a la pesca. El informe indica que una de las embarcaciones tiene 14 pies de eslora, donde viajaban nueve de los 12 detenidos

Las embarcaciones interceptadas permanecen bajo custodia en la Comandancia de Puerto Manzanillo. La Capitanía del puerto de Manzanillo entregó los detenidos a la Dirección General de Migración.

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Edenorte investiga fraude con contadores en Santiago y La Vega

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Santiago. – La Procuraduría General Adjunta para el Sistema Eléctrico (PGASE), junto a la Distribuidora de Electricidad Edenorte y la Súper Intendencia de Electricidad (SIE), intervienen decenas de instituciones, viviendas y locales comerciales vinculados al fraude eléctrico en la zona norte del país.

En esta acción conjunta, coordinada por el procurador de Corte y titular interino de la PGASE, José Aníbal Carela, participaron fiscales del órgano persecutor del delito energético del Distrito Nacional y de la zona Norte Santiago.

En dicho operativo se ocuparon 11 medidores o «contadores», los cuales fueron remitidos al laboratorio Instituto Dominicano Para La Calidad (Indocal), para sus respectivos análisis correspondientes.

Las autoridades también recolectaron una gran cantidad de alambres de diferentes características que eran utilizados con el fin de violar las disposiciones de la Ley General de Electricidad, que es la No. 125-01, modificada por la Ley No. 186-07.

Las acciones contra el fraude eléctrico fueron realizadas en los sectores San José, La Mina, Villa Olímpica, La Canela, Las Colinas, Pontezuela Al Medio y Villa Olga, en Santiago de los Caballeros.

En San José de las Matas fueron intervenidos los sectores La Cuesta, Loma Quemada, Sajoma y Centro del Pueblo, mientras que en Navarrete la acción fue ejecutada en el Villa Bisonó.

El operativo también tocó las comunidades de Puñal, sector Matanza, y Villa González, La Yuca.

En la acción del órgano persecutor del delito energético también alcanzó a la provincia La Vega, en sus sectores Centro de la Ciudad y La Primavera, y en Buena Vista, de Jarabacoa.

Los organismos e instituciones que participaron hicieron un llamado a la población en sentido general, para que se abstengan de cometer fraudes eléctricos.

La PGASE, cuyo objetivo es prevenir, perseguir y castigar el fraude eléctrico, ha indicado que este tipo de labor conjunta continuará realizándose en todo el territorio nacional.

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Interior y Policía asegura control del territorio dominicano pese incidentes recientes

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Santo Domingo.- El Ministerio de Interior y Policía aseguró que el territorio dominicano está bajo control total de las autoridades y que las instituciones cuentan con los agentes necesarios para garantizar la seguridad ciudadana.

En ese sentido, la ministra Faride Raful informó que la cartera otorgó una “No Objeción” al movimiento Antigua Orden Dominicana para manifestarse en el Hoyo de Friusa, Punta Cana, Higüey, tras agotar el trámite correspondiente y presentar una solicitud que establece que la marcha será pacífica. Estableció que la zona de Friusa está bajo un plan de control migratorio, donde han efectuado múltiples intervenciones.

Durante una rueda de prensa realizada en el día de hoy, tras la reunión número 84 de seguimiento al Plan de Seguridad Ciudadana, encabezada por el presidente de la República, Luis Abinader, la funcionaria destacó que la no objeción es una figura que ha sido concedida a todos los solicitantes durante esta gestión, la cual permite coordinar la seguridad en el uso de la vía pública y garantizar el orden conforme a la ley.

“El orden y la legalidad en esa zona y en todo el país son prioridad para este gobierno, y el derecho a manifestarse es un derecho constitucional. La Policía Nacional garantiza el control y exhorta a que la marcha sea pacífica”, afirmó.

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Industriales del Cibao llaman a revisión equilibrada de Ley de Residuos

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Santiago de los Caballeros.- Industriales de la Región Norte han manifestado su preocupación ante la aprobación acelerada del proyecto de modificación de la Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos No. 225-20, aprobado en enero por el Senado de la República.

En un llamado a la Cámara de Diputados, los industriales instan a un diálogo amplio y participativo que garantice un equilibrio entre la regulación ambiental y la sostenibilidad del tejido productivo del país.

El presidente de la Asociación de Industriales de la Región Norte (AIREN), Luis José Bonilla, destacó que la normativa original fue el resultado de más de tres años de debates, por lo que cualquier modificación debe sustentarse en análisis técnicos y consensos que eviten cargas desproporcionadas sobre las empresas.

“Es positivo que tanto el Senado como la Cámara de Diputados reconozcan la necesidad de ajustes en la reforma. Sin embargo, insistimos en la importancia de que este proceso se realice con una discusión plural que garantice la inclusión de todas las partes afectadas, promoviendo un marco regulatorio justo y equilibrado”, señaló Bonilla.

El sector industrial regional reiteró su disposición a colaborar con las autoridades en la construcción de una legislación efectiva y viable, asegurando que los objetivos ambientales se cumplan sin afectar la competitividad de los sectores productivos.

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Presentan vista aérea de iluminación de muro fronterizo en Dajabón

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El ministro de la Presidencia, José Ignacio Paliza, compartió un video aéreo en su cuenta de X (Twitter) donde se muestra la recién instalada iluminación en el muro fronterizo en la provincia de Dajabón.

Según la información anunciada el pasado mes de febrero, el sistema de iluminación utiliza paneles solares para abastecer de energía las lámparas por lo que no requiere conexión eléctrica fija, mejorando la vigilancia y seguridad en la zona fronteriza, aún con el corte de servicio eléctrico en la zona.

La verja perimetral entre República Dominicana y Haití tiene como objetivo principal frenar el tráfico de personas, drogas, armas, el robo de ganado y otras actividades ilícitas.

De igual forma, la verja perimetral busca mitigar el robo de ganado que ha sido una problemática en la zona, denunciada constantemente por los ganaderos.

La primera fase de esta construcción abarca aproximadamente 50 kilómetros, y cuenta con tecnología avanzada, incluyendo fibra óptica, sensores de movimiento y cámaras de video vigilancia con visión nocturna y diurna.

Recientemente, el presidente Luis Abinader anunció la ampliación del muro en 12 a 14 kilómetros adicionales, extendiéndose hacia áreas cercanas a Capotillo y Restauración.

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Acusado de doble asesinato en La Vega dice estar arrepentido

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El Acusado de doble asesinato Juan Luis Jiménez Adames en La vega, dice estar arrepentido luego de entregarse a las autoridades por el hecho que se le imputa y que fuese captado en video de cámaras de seguridad.

Quedó apresado el ex segundo teniente de la Policía Nacional, Juan Luis Jiménez Adames, quien era activamente buscado por la muerte de su esposa y la madre de ésta, en un hecho ocurrido el pasado 18 de enero en La Vega.

Fue entregado por el periodista Nelson Díaz, representante del Comité Dominicano de los Derechos Humanos. Jímenez Adames llevaba dos meses prófugo de la justicia y se entregó este lunes a las autoridades para responder a la imputación.

Se recuerda que se encontraba prófugo por las muertes de su pareja sentimental, Mailyn Arianny Martes (26 años), y la madre de ésta, Marisela Rodríguez Martes (51 años).

Fue recibido en la sede policial por el vocero de la Policía Nacional, coronel Diego Pesqueira, en compañía de personal de la Subdirección Regional de Investigación (Dicrim) de La Vega y del Departamento de Búsqueda y Captura de Prófugos de la institución.

De igual manera, al detenido le fue ocupada el arma de fuego utilizada para cometer el crimen. El vocero de la Policía Nacional, Diego Pesqueira, garantizó que sus derechos serán respetados.

«Junto con el ciudadano también fue entregada el arma de fuego, y en estos momentos el detenido será trasladado a la jurisdicción correspondiente, que es La Vega, para que allí continúe el proceso por este doble homicidio», expresó Pesqueira.

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Ganaderos de la frontera expresan preocupación por la sequía

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Por Carlos Bueno

PARTIDO, DAJABÓN, R.D.- Ganaderos de la región fronteriza han expresado su preocupación por la prolongada sequía que ha causado estragos y ha afectado considerablemente su economía.

En declaraciones para Multimedios Linieros dijeron que son cuantiosas las pérdidas que han tenido debido a que la falta de agua dificulta el desarrollo de la ganadería en sentido general.

Pidieron el auxilio del Presidente Luis Abinader, ya que ellos incurren en deudas para poder adquirir y mantener el ganado.  Manifestaron que esto afecta no solo a ellos, sino que hay muchas familias que dependen de la ganadería.

Los ganaderos también se refirieron a las grandes pérdidas de aquellos que se dedican a la crianza de cerdos, ya que por la fiebre africana, vieron morir o tuvieron que sacrificar cientos de cerdos.

Esperan que el gobierno que encabeza el Presidente Luis Abinader, venga en su auxilio.

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Cinco accidentes de tránsito en un día en Dajabón y no hay ambulancias

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DAJABÓN, R.D.- En menos de 24 horas se han producido cinco accidentes de tránsito en Dajabón.

De acuerdo a los reportes recibidos por Multimedios Linieros, hoy perdió la vida el señor Francisco Fidanqui, alias “Boni”, quien se accidentó en el Kilómetro 4 de Dajabón, donde varios resultaron heridos.  Este accidente se produjo, debido a que Francisco conducía una motocicleta e impactó con un camión con placa haitiana, se encontraba averiado en la vía y sin señalización.

La situación empeora por el hecho de que en Dajabón solo hay una ambulancia y no es suficiente porque cuando sale hacia Santiago con algún herido y se produce otro accidente, no hay forma de transportar los heridos.

La gente que acudió al hospital Matías Ramón Mella de Dajabón, estaba vociferando y quejándose de que Dajabón no tiene autoridades competentes, ya que no es posible que una ciudad que produce tanto dinero y que aporta tanto a la economía del país no tenga varias ambulancias que puedan ser utilizadas en casos como estos.

 

Denuncian por falta de ambulancias en Dajabón hay que trasladar heridos en «Carros Fúnebres»

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Denuncian por falta de ambulancias en Dajabón hay que trasladar heridos en «Carros Fúnebres»

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Por/ Wascar Fernández y Juan Alvennys Paulino –

Red Nacional de Comunicadores Dominicanos (RNCD)

Dajabón: Rep. Dom,- Familiares de pacientes que son referidos desde el hospital Matías Ramón Mella de este municipio fronterizo a otros de mayor especialidades de la región, reaccionaron alarmados, al tener que transportar a sus familiares heridos, en un carro fúnebre, ante la falta de ambulancias

En videos enviados desde el mismo centro de salud, se muestran las imágenes del traslado de estos pacientes a bordo del referido vehículo que debe ser utilizado única y exclusivamente para el transporte de cadáveres en sus respectivos ataúdes.

Expertos en medicina consultados por este medio señalan la peligrosidad que reviste el traslado de pacientes con heridas abiertas en este tipo de transporte, lo que podría ocasionar la contaminación de las mismas con bacterias dejadas por los cadáveres que hayan sido previamente trasladados en su interior.

Según el personal de servicio en el hospital Matías Ramón Mella, la falta de ambulancias se debe a que tan solo en la tarde de este domingo se registraron cinco (05) accidentes graves en esta demarcación y la ambulancia que tienen en este centro de salud había salido con un paciente referido hacia Santiago.

@informándonos_

Cinco accidentes de tránsito en un día en Dajabón y falta de ambulancia

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Modulación temporal a futuro de las sentencias constitucionales

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Por José Alejandro Vargas

Alejandro Vargas
Juez del Jusgado de Atencion Permanente del Distrito Nacional
Ciudad: Santo Domingo
Fotos: Carmen Suárez/acento.com.do
Fecha: 26/05/2011

De acuerdo con la Constitución de 1994, un proyecto de ley debía recibir dos lecturas en cada cámara durante una legislatura. Si la legislatura (el período que duran las sesiones del Congreso Nacional) vence, el proyecto debe ser reintroducido. El proyecto que finalmente se aprobó como Ley 91 del Colegio de Abogados, fue aprobado en legislaturas diferentes, sin haberse reintroducido.

joseLa modulación temporal a futuro de las sentencias constitucionales presenta, a nuestro juicio, particulares inconvenientes al momento de su aplicación. Hasta ahora se han detectado dos casos relevantes en nuestra jurisdicción constitucional, específicamente en la variante de inconstitucionalidad diferida: la TC/0110/13, sobre la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Asociación Dominicana de Alguaciles contra la Resolución núm. 14379-05, de once (11) de noviembre de dos mil cinco (2005), emitida por la Procuraduría General de la República y la Circular de fecha cuatro (4) de abril de dos mil doce (2012), emitida por la Suprema Corte de Justicia, y la TC/0274/13, de fecha veintiséis de diciembre de 2013.

En la TC/110/13, en síntesis, se pidió al Tribunal declarar inconstitucional la resolución de marras, puesto que, en resumen, del mismo tribunal: […] “la resolución impugnada torna imperativo, para que pueda ser ejecutada una decisión, que los ministeriales o funcionarios encargados de la ejecución eleven una solicitud de otorgamiento de fuerza pública al fiscal adjunto encargado de asuntos de fuerza pública de la Procuraduría Fiscal que corresponda, (10.8).”

Explica el Tribunal Constitucional que, a su juicio: […] “a partir de la vigente Constitución lo relativo a la potestad de ejecución de las decisiones dictadas por los tribunales del orden judicial, corresponde exclusivamente a los propios órganos judiciales como una manifestación típica de la potestad jurisdiccional que la Constitución les ha conferido en su artículo 149. De ahí que corresponde sean adoptados los recaudos legislativos correspondientes para que sea el propio Poder Judicial que ejerza tal potestad jurisdiccional ejecutiva. Consecuentemente, conforme lo dispone el párrafo I, del artículo 149 de la Constitución, la función jurídica no culmina con la expedición de una sentencia, sino que incluye hacer efectivo el cumplimiento de esa decisión.”

La decisión se emitió como sentencia “exhortativa”, en la que el Tribunal Constitucional acoge el fondo de la acción, declara no conforme con la Constitución de la República la Resolución No. 14379-5, del once (11) de noviembre de dos mil cinco (2005), dictada por la Procuraduría General de la República, que regula el otorgamiento de la Fuerza Pública, por contravenir los artículos 40.15, 68, 69, 93.q y 149, párrafo I, de la Constitución de la República y difiere los efectos de la inconstitucionalidad decretada por esta sentencia por el término de dos (2) años, contados a partir de su notificación, de conformidad con lo expuesto en el cuerpo de la misma.

Los elementos precitados tuvieron importancia en el voto disidente que uno de los magistrados del Tribunal Constitucional formuló respecto de la sentencia TC/0110/13. Sostuvo el Magistrado Hermógenes Acosta, entre otros interesantes cuestionamientos al fallo, que: […] “el diferimiento de la inconstitucionalidad es procedente cuando la anulación inmediata de la norma inconstitucional crea un vacío legislativo que tendría consecuencias más graves que la que suponen el mantenimiento de la norma que se reputa inconstitucional. Este requisito no se satisface en el presente caso, ya que la resolución de referencia no dejaría vacíos, ya que al momento de su entrada en vigencia existían y existen leyes adjetivas exentas de vicios de inconstitucionalidad y que regulan la materia. Dichas leyes adjetivas son las que indicamos a continuación: artículos 545 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, igualmente, el artículo 587 del mismo código; artículos 113 y siguientes de la Ley 834 del 15 de julio de 1978, el artículo 103 del Código Tributario y el artículo 663 del Código de Trabajo. A la normativa anterior se agregan los cientos de artículos relativos a los embargos previstos en el mismo Código de Procedimiento Civil y en leyes especiales.”

En el caso de la Ley 91 del Colegio de Abogados, de 1983, el Tribunal Constitucional fue apoderado de un recurso de inconstitucionalidad basado en que esa norma “adolece de un vicio de procedimiento en su formación en razón de que no fue aprobada de conformidad con lo dispuesto en la Carta Sustantiva. Esta irregularidad afecta irremediablemente la validez y constitucionalidad de la repetida ley”.

El aludido vicio de procedimiento en la aprobación consistió en que, de acuerdo con la Constitución de 1994, un proyecto de ley debía recibir dos lecturas en cada cámara durante una legislatura. Si la legislatura (el período que duran las sesiones del Congreso Nacional) vence, el proyecto debe ser reintroducido. El proyecto que finalmente se aprobó como Ley 91 del Colegio de Abogados, fue aprobado en legislaturas diferentes, sin haberse reintroducido.

Ese vicio de procedimiento, no el contenido de la ley, determinó que el Tribunal Constitucional declarara la Ley núm. 91 del Colegio de Abogados, del 16 de febrero de 1983, “no conforme con la Constitución”, todo ello en la citada sentencia TC/0274/13, en cuyo segundo párrafo del dispositivo se dispone diferir los efectos de la declaración de inconstitucionalidad y exhortar al Congreso Nacional, “para que, dentro de la función legislativa que le es propia, emita una nueva ley que enmiende la situación de inconstitucionalidad formal que afecta la Ley núm. 91, de mil novecientos ochenta y tres (1983).” Como se observa, no se establece el período durante el cual la inconstitucionalidad queda diferida.

Las decisiones comentadas no incluyen precisiones acerca del test de justificación del diferimiento de los efectos de una sentencia constitucional, como se hace en Colombia, jurisprudencia frecuentemente citada por nuestra Alta Corte. Se aceptará que la sentencia TC/0110/ 13 justifica la modalidad de decisión adoptada, pero, la sentencia TC/0274/13 no lo hace. También se aceptará que ninguna de las dos decisiones explica cómo la expulsión de la norma del ordenamiento jurídico afecta más valores que los derivados de su aplicación actual, ni por qué no se recurrió a una sentencia de naturaleza integradora, ni se justificó el plazo conferido, de dos años en el primer caso y de ningún plazo en el segundo, ambas irregularidades notorias pues no cumplen con los parámetros razonales que pudieran validar la modulación temporal a futuro de las sentencias de que trata.

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